¿Qué es la pensión RAIS en Colombia?

Cuando se habla de pensiones en Colombia, existen dos regímenes principales: el Régimen de Prima Media (RPM) administrado por Colpensiones, y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), administrado por fondos privados. En este artículo nos enfocaremos en el RAIS, sus características, quiénes pueden afiliarse, y qué normas lo regulan.

¿Qué es el régimen de pensión RAIS?

El RAIS es un sistema de pensiones creado por la Ley 100 de 1993 y regulado principalmente por el Decreto 2555 de 2010 y la Superintendencia Financiera de Colombia.

En este régimen, cada afiliado tiene una cuenta individual de ahorro pensional, donde se consignan:

  • Aportes obligatorios (12% del ingreso base de cotización, de los cuales el empleador aporta el 75% y el trabajador el 25%).

  • Aportes voluntarios (si el afiliado desea incrementar su pensión).

  • Los rendimientos financieros generados por la inversión de sus recursos.

La pensión en el RAIS depende directamente del monto ahorrado en la cuenta individual más los rendimientos, a diferencia del Régimen de Prima Media, donde la pensión se calcula con base en el promedio salarial y semanas cotizadas.

Beneficios del RAIS

  1. Propiedad individual: los recursos están en una cuenta a nombre del afiliado.

  2. Herencia: en caso de fallecimiento, el saldo pasa a los beneficiarios o herederos.

  3. Rendimiento financiero: los aportes se invierten en portafolios que pueden generar mayor rentabilidad.

  4. Flexibilidad en modalidades de pensión: retiro programado o renta vitalicia.

Requisitos para pensionarse en RAIS

Para obtener una pensión de vejez en este régimen se deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Edad: 62 años para hombres y 57 años para mujeres (Ley 100/1993).

  • Capital suficiente: el ahorro acumulado debe alcanzar para financiar una pensión igual o superior al 110% del salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV).

👉 Si no se cumple este requisito, el afiliado puede acceder a:

  • Garantía de Pensión Mínima: si se tienen al menos 1.150 semanas cotizadas y no se logró acumular el capital suficiente, el Estado subsidia la diferencia.

  • Devolución de saldos: si no cumple con las semanas mínimas, se devuelve el ahorro más rendimientos al afiliado.

Normativa aplicable

  • Ley 100 de 1993: creó el Sistema General de Pensiones y el régimen RAIS.

  • Decreto 2555 de 2010: regula el funcionamiento de los fondos privados y las inversiones.

  • Decreto 692 de 1994: reglamenta aspectos de la Ley 100 en materia de pensiones.

  • Conceptos de la Superintendencia Financiera y la DIAN: orientan sobre aportes, beneficios tributarios y manejo de pensiones voluntarias y obligatorias.

Diferencias clave entre RAIS y RPM

AspectoRAIS (Fondos privados)RPM (Colpensiones)
Cálculo de la pensiónDepende del ahorro individual + rendimientosDepende del promedio salarial y semanas cotizadas
Propiedad de aportesCuenta individual a nombre del afiliadoNo hay propiedad individual, es un fondo común
HerenciaEl ahorro puede ser heredadoNo se hereda, solo se reconoce pensión de sobrevivientes
RequisitosCapital suficiente o 1.150 semanas1.300 semanas y edad (57/62 años)

Recomendaciones para afiliados al RAIS

  • Revisa periódicamente tu estado de cuenta con el fondo privado.

  • Evalúa la rentabilidad de los portafolios en los que están tus aportes.

  • Considera hacer aportes voluntarios para mejorar tu pensión futura.

  • Antes de los 47 años (mujeres) o 52 años (hombres), analiza si te conviene cambiarte de régimen (traslado entre RAIS y RPM).


👉 En conclusión, el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) ofrece mayor flexibilidad y la posibilidad de heredar el ahorro, pero también implica que la pensión depende del capital acumulado y de los rendimientos. Una buena planeación y el acompañamiento de un asesor pueden marcar la diferencia en tu futuro pensional.

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