¿Qué es, cómo se aplica y cuáles son sus límites?
En Colombia, los asalariados y trabajadores independientes tienen derecho a un beneficio especial en el cálculo de su impuesto de renta: la renta exenta del 25%. Este mecanismo busca aliviar la carga tributaria sobre los ingresos laborales, reconociendo que parte de estos se destinan a la subsistencia del contribuyente.
A continuación, te explico en qué consiste, qué normas lo regulan y cómo aplicarlo correctamente.
¿Qué es la renta exenta del 25%?
La renta exenta del 25% está regulada en el artículo 206 del Estatuto Tributario (numeral 10).
Consiste en que los trabajadores dependientes e independientes pueden excluir de su base gravable hasta el 25% del valor de sus ingresos laborales y de honorarios, una vez se descuentan los ingresos no constitutivos de renta, deducciones y otras rentas exentas.
En otras palabras, es un descuento automático sobre la renta líquida laboral que reduce el impuesto a pagar.
Límites de la renta exenta del 25%
La exención no es ilimitada. El Estatuto Tributario establece un tope máximo:
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790 UVT anuales (para 2025 equivale a aproximadamente $37.7 millones).
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Es decir, aunque el 25% de tus ingresos sea mayor, el beneficio no puede superar este valor.
Importante: esta renta exenta solo aplica para personas naturales con ingresos laborales, honorarios, comisiones o compensaciones por servicios personales.
¿Quiénes pueden aplicar a la renta exenta del 25%?
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Asalariados (empleados con contrato laboral).
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Trabajadores independientes que perciben honorarios, comisiones o compensaciones por servicios personales, siempre que demuestren que no contratan o vinculan a más de dos trabajadores asociados a la actividad.
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Personas que reciben compensaciones por servicios personales regulados en el artículo 103 del Estatuto Tributario.
Normativa aplicable
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Artículo 206 del Estatuto Tributario (numeral 10): regula la renta exenta del 25%.
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Artículo 336 E.T.: establece que el beneficio se aplica dentro del sistema de renta cedular de personas naturales.
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Ley 1819 de 2016 (reforma tributaria estructural): mantuvo este beneficio dentro de las reglas de depuración de renta.
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Decreto 2250 de 2017: reglamenta la aplicación del beneficio en el marco del sistema cedular.
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Conceptos de la DIAN: han aclarado que el beneficio aplica solo después de restar deducciones e ingresos no constitutivos de renta.
Ejemplo práctico
Supongamos que una persona tiene ingresos laborales anuales de $120 millones.
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Ingresos laborales: $120.000.000
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(-) Aportes obligatorios a salud y pensión: $15.600.000
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Renta líquida laboral: $104.400.000
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Aplicación del 25%: $26.100.000
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Como el valor no supera el límite de 790 UVT, la totalidad se reconoce como renta exenta.
La base gravable disminuye a $78.300.000, lo que significa un menor impuesto a pagar.
Recomendaciones clave
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No confundas esta renta exenta con deducciones; son conceptos distintos dentro de la depuración.
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Aplica después de restar ingresos no constitutivos, deducciones y otras rentas exentas (ej. aportes voluntarios o AFC).
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Siempre valida el límite anual de 790 UVT.
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Incluye el cálculo en tu declaración de renta y conserva los soportes.
En conclusión, la renta exenta del 25% es uno de los beneficios más importantes para asalariados e independientes en Colombia. Bien aplicada, permite reducir significativamente la base gravable y optimizar la carga tributaria.