DEDUCCIÓN POR PAGOS A SEGURIDAD SOCIAL

En Colombia, los aportes al Sistema de Seguridad Social no solo son una obligación legal para trabajadores independientes, empleadores y empresas, sino que también tienen un beneficio tributario: pueden ser tratados como deducción en la declaración de renta.

Conocer cómo funciona esta deducción y qué aportes la integran es clave para optimizar la carga tributaria.


Fundamento legal

  • Artículo 114-1 del Estatuto Tributario: permite la deducción de los aportes obligatorios a salud, pensión y riesgos laborales (ARL).

  • Artículo 107 del E.T.: establece que los gastos deben ser necesarios, proporcionales y tener relación con la actividad productora de renta.

  • Artículo 336 del E.T.: regula la depuración de la renta cedular de personas naturales.

  • Decreto 1625 de 2016: compila normas reglamentarias sobre aportes a seguridad social.


¿Qué integra la deducción por seguridad social?

1. Aportes a salud

  • Obligatorios para trabajadores dependientes (4% descontado del salario) y para independientes (12,5% sobre la base de cotización).

  • Para independientes y empresas, los pagos a EPS son deducibles en la declaración de renta.

  • Para asalariados, aunque la empresa descuenta y paga, el aporte hace parte de la depuración de su base de retención.

2. Aportes a pensión

  • Incluye el componente obligatorio al Régimen de Ahorro Individual (RAIS) o al Régimen de Prima Media (RPM).

  • Los aportes obligatorios son deducibles hasta el 100%.

  • Los aportes voluntarios (a pensiones voluntarias o cuentas AFC) se rigen por límites específicos (30% del ingreso y hasta 3.800 UVT).

3. Aportes a riesgos laborales (ARL)

  • A cargo exclusivo del empleador o del independiente que cotiza como contratista.

  • Son deducibles para la empresa o el independiente como gasto relacionado con la actividad generadora de renta.


¿Quiénes pueden aplicar la deducción?

  • Trabajadores independientes: pueden deducir lo pagado a salud, pensión y ARL sobre su base de cotización.

  • Personas naturales asalariadas: no descuentan directamente en la declaración, pero los aportes obligatorios se reflejan en la depuración de la renta cedular como parte de las rentas exentas y deducciones.


Ejemplo práctico

Un trabajador independiente tuvo ingresos de $100.000.000 en 2025 y cotizó mensualmente sobre una base del 40% de sus ingresos:

  • Base de cotización: $40.000.000

  • Salud (12,5%): $5.000.000

  • Pensión (16%): $6.400.000

  • ARL (0,522% nivel I): $208.800

Total aportes seguridad social: $11.608.800

👉 Ese valor puede deducirse de la base gravable en su declaración de renta.


Recomendaciones

  • Siempre conserva los comprobantes de pago de la PILA, que son el soporte exigido por la DIAN.

  • Recuerda que los aportes voluntarios a pensión tienen un tratamiento distinto, con límites específicos de deducción.


Conclusión

La deducción por aportes a seguridad social (salud, pensión y ARL) no solo es una obligación para todos los contribuyentes, sino también una oportunidad de optimización fiscal. Declarar correctamente estos pagos puede representar un ahorro tributario significativo y evita sanciones de la DIAN por costos no soportados.

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