El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) es un tributo municipal que grava la realización de actividades industriales, comerciales y de servicios en una jurisdicción determinada. Además de ser una obligación legal para las empresas y algunos independientes, este impuesto puede ser tratado como deducción en la declaración de renta, lo que representa un beneficio tributario importante.
Fundamento legal
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Artículo 115 del Estatuto Tributario (E.T.): permite deducir los impuestos pagados, siempre que estén relacionados con la actividad productora de renta, no sean descontables ni recuperables.
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Artículo 771-2 del E.T.: exige que los pagos se soporten con documento válido (recibo oficial de ICA).
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Conceptos DIAN: han reiterado que el ICA es un impuesto deducible, en tanto esté vinculado con los ingresos que genera la actividad empresarial o profesional.
¿Quiénes pueden aplicar esta deducción?
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Personas naturales con ingresos por actividades gravadas con ICA
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Profesionales independientes, comerciantes, arrendadores de locales, entre otros, que declaren renta y paguen ICA, pueden deducirlo como gasto.
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Requisitos para la deducción del ICA
El ICA debe estar efectivamente pagado en el año gravable.
Debe estar vinculado directamente a la actividad que genera los ingresos gravados.
El contribuyente debe conservar el recibo oficial de pago del ICA emitido por la respectiva Secretaría de Hacienda Municipal.
No puede ser deducido dos veces (ejemplo: si se toma como costo en un régimen especial).
Ejemplo práctico
Una persona facturó en 2025 un total de $500.000.000 en Bogotá.
Durante el año pagó $7.500.000 de ICA.
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Ingresos brutos: $500.000.000
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(-) Deducción por ICA: $7.500.000
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Base gravable después de deducción: $492.500.000
Ese valor del ICA pagado reduce la base de renta, generando un menor impuesto a cargo en el Impuesto de Renta.
Deducción
La Ley 1819 de 2016 permitió que el ICA pudiera tratarse de dos formas:
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Como deducción (regla general, art. 115 E.T.): se resta como gasto, reduciendo la base gravable.
Conclusión
El ICA es deducible en la declaración de renta para empresas e independientes, siempre que esté relacionado con la actividad generadora de ingresos. Conservar los soportes de pago y planear correctamente el tratamiento del ICA es clave para aprovechar al máximo este beneficio ante la DIAN.