Descuento por donaciones realizadas
Reduce tu impuesto de renta por donaciones hechas a entidades sin ánimo de lucro calificadas por la DIAN
La entidad debe estar calificada por la DIAN en el Régimen Tributario Especial (RTE) o ser de las previstas en el Art. 257 E.T.
El descuento equivale al 25% del valor donado, no al 100%. Es un crédito fiscal, no deducción de la base.
El 25% se resta directamente del impuesto calculado en la casilla 93, reduciendo lo que debes pagar.
| Tipo de entidad | Califica |
|---|---|
| ESAL calificada en RTE por DIAN | ✅ Sí |
| Entidades de que trata el Art. 22 E.T. (Nación, departamentos, municipios) | ✅ Sí |
| Donaciones para ciencia, tecnología e innovación (Art. 158-1) | ✅ Sí (tarifa especial 25%) |
| Fundaciones o asociaciones sin calificación DIAN | ❌ No |
| Personas naturales | ❌ No |
| Partidos políticos | ❌ No |
El descuento máximo es el 25% de la donación. Si donaste $10M, el descuento máximo es $2,5M.
El descuento no puede ser mayor al impuesto neto de renta (casilla 93). El exceso se pierde.
La ESAL debe expedir certificado de donación con NIT, valor, fecha y firma del representante legal.
- Verifica que la entidad esté activa en el registro de ESAL calificadas en el portal de la DIAN antes de declarar.
- No confundas este descuento con la deducción por donaciones del régimen ordinario — son figuras distintas.
- Si la ESAL pierde su calificación, la DIAN puede rechazar el descuento en una auditoría posterior.
- Conserva el certificado por lo menos 5 años (término de firmeza de la declaración).
¿Hiciste donaciones y no sabías que podías descontarlas?
Te ayudamos a revisar si tus donaciones califican y a aplicar el descuento correctamente.