Etapa 3 · Liquidación privada

Descuento por donaciones realizadas

Reduce tu impuesto de renta por donaciones hechas a entidades sin ánimo de lucro calificadas por la DIAN

Formulario 210 · Casilla 95 Art. 257 E.T. ESAL calificadas
Si durante el año donaste a una iglesia, fundación, ONG o entidad sin ánimo de lucro calificada en el Régimen Tributario Especial, puedes descontar hasta el 25% del valor donado directamente de tu impuesto de renta.
¿Cómo funciona?
Donación que reduce impuesto, no ingreso
❤️
Donas a una ESAL calificada

La entidad debe estar calificada por la DIAN en el Régimen Tributario Especial (RTE) o ser de las previstas en el Art. 257 E.T.

💰
Calculas el 25% de la donación

El descuento equivale al 25% del valor donado, no al 100%. Es un crédito fiscal, no deducción de la base.

Lo restas del impuesto

El 25% se resta directamente del impuesto calculado en la casilla 93, reduciendo lo que debes pagar.

Entidades calificadas
¿A qué entidades aplica?
Tipo de entidadCalifica
ESAL calificada en RTE por DIAN✅ Sí
Entidades de que trata el Art. 22 E.T. (Nación, departamentos, municipios)✅ Sí
Donaciones para ciencia, tecnología e innovación (Art. 158-1)✅ Sí (tarifa especial 25%)
Fundaciones o asociaciones sin calificación DIAN❌ No
Personas naturales❌ No
Partidos políticos❌ No
Límites
Topes que debes conocer
📊
Límite del 25%

El descuento máximo es el 25% de la donación. Si donaste $10M, el descuento máximo es $2,5M.

⚠️
No puede exceder el impuesto

El descuento no puede ser mayor al impuesto neto de renta (casilla 93). El exceso se pierde.

📄
Certificado obligatorio

La ESAL debe expedir certificado de donación con NIT, valor, fecha y firma del representante legal.

⚠️ Advertencias clave
  • Verifica que la entidad esté activa en el registro de ESAL calificadas en el portal de la DIAN antes de declarar.
  • No confundas este descuento con la deducción por donaciones del régimen ordinario — son figuras distintas.
  • Si la ESAL pierde su calificación, la DIAN puede rechazar el descuento en una auditoría posterior.
  • Conserva el certificado por lo menos 5 años (término de firmeza de la declaración).
💡 Consejo práctico: Si realizas donaciones recurrentes (diezmos, aportes a fundaciones), consolida los certificados de todo el año antes de declarar. Muchas personas olvidan incluirlos y terminan pagando impuesto de más.

¿Hiciste donaciones y no sabías que podías descontarlas?

Te ayudamos a revisar si tus donaciones califican y a aplicar el descuento correctamente.

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