Ganancias ocasionales · Etapa 3

Indemnizaciones por seguros: cuáles pagan impuesto y cuáles están exentas

No todas las indemnizaciones de seguros generan impuesto. La clave es el tipo de siniestro: algunas están completamente exentas y otras generan ganancia ocasional al 10%.

Formulario 210 Colombia A.G. 2025

Las indemnizaciones de seguros tienen tratamientos tributarios muy distintos según el tipo de siniestro. Seguros de vida: exentos. Seguros de daños a bienes: pueden generar ganancia ocasional. Seguros de salud: no son ingreso. El error es declarar como ingreso lo que está exento.

Clasificación tributaria

Tratamiento según tipo de seguro

Seguros de vida — Exentos

Las indemnizaciones recibidas por los beneficiarios de un seguro de vida por fallecimiento del asegurado están exentas de renta y de ganancia ocasional. No se declaran como ingreso.

Seguros de daños a bienes

Si el seguro paga por pérdida o daño de un inmueble o vehículo, hay ganancia ocasional solo si el pago supera el costo fiscal del bien. El exceso paga el 10%.

Seguros de salud

Los reembolsos de gastos médicos no son ingresos — compensan un gasto ya incurrido. No se declaran como ingreso ni como ganancia ocasional.

Seguros laborales

Indemnizaciones por accidente de trabajo o enfermedad profesional: generalmente exentas de renta. Consulta el tipo específico con un contador.

Cálculo

Cuándo hay ganancia ocasional en seguros de daños

La fórmula

  • Indemnización > costo fiscal: si el seguro paga $150M por un inmueble con costo fiscal de $80M, la diferencia de $70M es ganancia ocasional al 10% = $7M de impuesto.
  • Indemnización ≤ costo fiscal: si el pago es igual o menor al costo del bien, no hay ganancia ocasional. Solo recuperas lo que ya tenías.
  • Soportes necesarios: póliza del seguro, acta de siniestro, comprobante de pago de la indemnización y costo fiscal documentado del bien siniestrado.
Tabla resumen

Guía rápida por tipo de seguro

Tipo de seguroTratamiento tributarioTarifa
Vida (por fallecimiento)Exento0%
Daños a bienes (exceso sobre costo)Ganancia ocasional10%
Salud / médicoNo es ingreso0%
Accidente de trabajoGeneralmente exento0%
Lucro cesante (ingresos perdidos)Renta ordinaria (no ganancia ocasional)Tarifa cédula
Indemnización por lucro cesante: si el seguro paga por ingresos que dejaste de percibir (lucro cesante), eso sí es renta ordinaria — va en la cédula correspondiente según tu actividad, no en ganancia ocasional.
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