Indemnizaciones por seguros: cuáles pagan impuesto y cuáles están exentas
No todas las indemnizaciones de seguros generan impuesto. La clave es el tipo de siniestro: algunas están completamente exentas y otras generan ganancia ocasional al 10%.
Las indemnizaciones de seguros tienen tratamientos tributarios muy distintos según el tipo de siniestro. Seguros de vida: exentos. Seguros de daños a bienes: pueden generar ganancia ocasional. Seguros de salud: no son ingreso. El error es declarar como ingreso lo que está exento.
Tratamiento según tipo de seguro
Seguros de vida — Exentos
Las indemnizaciones recibidas por los beneficiarios de un seguro de vida por fallecimiento del asegurado están exentas de renta y de ganancia ocasional. No se declaran como ingreso.
Seguros de daños a bienes
Si el seguro paga por pérdida o daño de un inmueble o vehículo, hay ganancia ocasional solo si el pago supera el costo fiscal del bien. El exceso paga el 10%.
Seguros de salud
Los reembolsos de gastos médicos no son ingresos — compensan un gasto ya incurrido. No se declaran como ingreso ni como ganancia ocasional.
Seguros laborales
Indemnizaciones por accidente de trabajo o enfermedad profesional: generalmente exentas de renta. Consulta el tipo específico con un contador.
Cuándo hay ganancia ocasional en seguros de daños
La fórmula
- Indemnización > costo fiscal: si el seguro paga $150M por un inmueble con costo fiscal de $80M, la diferencia de $70M es ganancia ocasional al 10% = $7M de impuesto.
- Indemnización ≤ costo fiscal: si el pago es igual o menor al costo del bien, no hay ganancia ocasional. Solo recuperas lo que ya tenías.
- Soportes necesarios: póliza del seguro, acta de siniestro, comprobante de pago de la indemnización y costo fiscal documentado del bien siniestrado.
Guía rápida por tipo de seguro
| Tipo de seguro | Tratamiento tributario | Tarifa |
|---|---|---|
| Vida (por fallecimiento) | Exento | 0% |
| Daños a bienes (exceso sobre costo) | Ganancia ocasional | 10% |
| Salud / médico | No es ingreso | 0% |
| Accidente de trabajo | Generalmente exento | 0% |
| Lucro cesante (ingresos perdidos) | Renta ordinaria (no ganancia ocasional) | Tarifa cédula |