¿Qué ingresos se tienen en cuenta para declarar renta?
No todos los ingresos funcionan igual en la declaración. Algunos cuentan para los topes de obligación, otros son exentos y otros no son ingresos en absoluto.
Para determinar si estás obligado a declarar, la DIAN compara tus ingresos brutos totales del año con el tope de 1.400 UVT (~$69,7M en 2025). Pero no todo lo que recibes es “ingreso” para este propósito — hay que entender qué sí cuenta y qué no.
Qué entra en el tope de obligación
Salarios y pagos laborales
Todo lo pagado por tu empleador: salario básico, horas extra, bonificaciones, primas, comisiones, cesantías. Ver cédula de rentas de trabajo asalariado.
Honorarios y servicios independientes
Pagos por servicios prestados sin relación laboral. Ver rentas de trabajo sin relación laboral.
Arrendamientos
Ingresos por dar en arriendo inmuebles o vehículos. Van en la cédula de rentas de capital.
Intereses y rendimientos financieros
Intereses de CDT, cuentas de ahorro, fondos de inversión. También van en rentas de capital.
Pensiones
Los ingresos por pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes. Ver rentas de pensiones.
Dividendos y participaciones
Utilidades distribuidas por empresas colombianas o extranjeras. Ver rentas de dividendos.
Ganancias ocasionales
Venta de inmuebles con más de 2 años, herencias, premios, loterías. Tienen su propia cédula con tarifa especial del 10% o 20%.
Qué no cuenta como ingreso
Préstamos recibidos
Los préstamos no son ingresos — son deudas que debes devolver. Sí van como pasivo en tu patrimonio.
Transferencias entre tus cuentas
Los traslados entre cuentas propias no son ingresos. Sin embargo, aparecen en tus movimientos bancarios.
Consignaciones que no son ingresos
Las consignaciones de préstamos, traslados propios o devolución de dinero no son ingresos reales. Solo lo son las consignaciones que corresponden a pagos reales por trabajo, arrendamiento, etc.
Continúa aprendiendo
Obligados a declarar
Topes de ingresos y condiciones para saber si debes declarar.
Deducciones permitidas
Qué puedes restar de tus ingresos para reducir el impuesto.
Renta exenta del 25%
El beneficio tributario más importante para asalariados e independientes.
Patrimonio
Qué bienes incluyes en la sección de patrimonio del formulario 210.